La Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, es la norma base que regula la prevención de riesgos laborales en el Perú. Su principio rector es la prevención: el empleador debe anticiparse al daño, no reaccionar después del accidente.
¿A quién aplica?
Aplica a todos los sectores económicos y a todas las empresas, sin importar su tamaño, tanto en el ámbito privado como en el público. Alcanza a trabajadores en planilla, a los de tercerización y, en lo que corresponda, a los independientes.
Principales obligaciones del empleador
- Garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables.
- Elaborar el IPERC (identificación de peligros y evaluación de riesgos) con participación de los trabajadores.
- Brindar capacitación en SST, al ingreso y de forma periódica.
- Entregar los equipos de protección personal (EPP) necesarios.
- Conformar el Comité de SST (o supervisor, según el número de trabajadores).
- Realizar exámenes médicos ocupacionales.
- Registrar y investigar los accidentes e incidentes.
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
Las empresas con 20 o más trabajadores deben constituir un Comité paritario de SST (mitad empleador, mitad trabajadores). Con menos de 20, se designa un Supervisor de SST.
Capacitación: un deber, no un gasto
La ley exige capacitar a los trabajadores en los riesgos de su puesto. Una buena capacitación reduce accidentes, ausentismo y sanciones, y es la forma más rentable de proteger a las personas.
En resumen
Cumplir la Ley 29783 no es solo evitar multas: es construir una cultura donde cada persona vuelve a casa sana. La capacitación continua es el primer paso.
¿Quieres certificarte en SSOMA?
Estudia gratis, rinde el examen y obtén tu certificado verificable.
Ir al curso